¿En qué consiste contrato para la formación y el aprendizaje?

El contrato para la formación y el aprendizaje, es una modalidad contractual cuyo principal objetivo es que el trabajador adquiera la formación profesional específica, teórica y práctica, de un oficio en su puesto de trabajo.

En 2016 y tras el Real Decreto Ley 3/2012, los contratos para la formación se renuevan como una de las apuestas del Gobierno para promover e incentivar la contratación de jóvenes menores de 25 años. Además, esta nueva ley establece que la formación se imparta de manera presencial o teleformación y que debe estar vinculada a un Certificado de Profesionalidad o a un Título Oficial de Formación Profesional.

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¿Por qué elegirnos?
Porque estamos especializados únicamente y exclusivamente en el ámbito de la hostelería y el turismo y Porque disponemos de una bolsa activa de empleo formada por antiguos alumnos

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Requisitos del trabajador/a

  • Edad: mayor de 16 años y menor de 25 años. No hay límite de edad para trabajadores con una discapacidad reconocida.
  • No haber desempeñado previamente esa misma ocupación bajo un Contrato de Formación y Aprendizaje.
  • Estar inscrito en la Oficina de Empleo como desempleado, al menos un día.
  • No tener titulación acreditada relacionada con el puesto a desempeñar. Es decir, un Licenciado en Dirección Y Administración de Empresas, no puede hacer un CFYA para el puesto de administrativo, pero sí para el de agente comercial, o teleoperador, por ejemplo.
  • Para determinadas ocupaciones deberá tener un nivel de estudios previo. Es decir, si el Certificado de Profesionalidad que corresponde con esa ocupación es de nivel 2 o 3, le exigirán la ESO, Bachiller o similares, respectivamente.
  • Para que el trabajador pueda realizar la formación adecuadamente, debe estar comprometido a realizar la formación, disponer de las competencias tecnológicas básicas para poder realizar una formación online y tener acceso a internet.

Requisitos para la empresa

  • No tener deuda con Hacienda o la Seguridad Social
  • No haber sido sancionada.
  • Debe comprometerse a respetar el horario de trabajo efectivo y de formación.
  • Proporcionar al trabajador los medios necesarios para que éste lleve a cabo su actividad formativa.
  • Debes asignar a un tutor de empresa que realice el seguimiento de la actividad laboral y del acuerdo para la actividad formativa y coordinación de ambas, así como la comunicación con el centro de formación y elaboración de un informe sobre el desempeño del puesto de trabajo

Normativa aplicable

¿En qué te puede ayudar la Escuela de Hosteleria Costa del Sol ?:

Somos colaboradores del  primer especialista en materia de Contratos de Formación en España. Contamos con un equipo de expertos y herramientas que te ayudarán a poner en marcha los contratos de tus clientes con la mayor garantía:

  1. Publicación en nuestra bolsa de empleo de las necesidades de personal 
  2. Departamento de expertos especializado en la gestión de Contratos para la Formación y el Aprendizaje que te ayudará a tramitar los contratos con eficacia y sin incidencias.
  3. Amplio listado de ocupaciones. Ofrecemos la mayoría de las ocupaciones profesionales en la modalidad de teleformación disponibles en el mercado.
  4. Centros presenciales de formación. Extensa red de centros presenciales acreditados en todo el territorio nacional.
  5. Plataforma de teleformación propia. Contamos con la última tecnología que hace el proceso de enseñanza-aprendizaje, ágil, interactivo y sumamente dinámico.

Solicitamos mas información

Si quieres tramitar un Contrato para la Formación y el Aprendizaje, contacta con nosotros. Te asesoraremos para que cumpla con la normativa y nos encargaremos de todas las gestiones necesarias. Llámanos al 951400870, manda un whatsapp al 644700035 o bien  envíanos un mensaje.

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) entró en vigor en mayo de 2016. No obstante, se aplica desde el 25 de mayo de 2018, por lo que los responsables y encargados de tratamiento deben adecuar el tratamiento de datos personales que realizan a lo previsto en el mismo.  Además del RGPD, se encuentra en vigor la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD). Si acepta las condiciones tenga en cuenta el tratamiento de datos de clientes cláusula informativa: Responsable de la entidad INSTITUTO DE SINERGIAS EMPRESARIALES SL (ESCUELA DE HOSTELERIA COSTA DEL SOL) – NIF: B93237758 Dirección postal Manuel  Navarro Mollor local 2 – cp 29680 Estepona (Málaga) teléfono: 951400870 correo electrónico : info@escueladehosteleriacostadelsol.org Tratamos la información que nos facilita con el fin de prestarles el servicio solicitado, realizar la facturación del mismo. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación comercial o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal. Usted tiene derecho a obtener confirmación sobre si en INSTITUTO DE SINERGIAS EMPRESARIALES SL (Escuela de Hostelería Costa del Sol) estamos tratando sus datos personales por tanto tiene derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios. Asimismo, solicito su autorización para ofrecerle productos y servicios relacionados con los solicitados y fidelizarle como cliente.”